jueves, 24 de noviembre de 2011

Concepto Tradicional de Titulo Valor

La doctrina a través del tiempo ha elaborado definiciones de titulo Valor que en mayor o menor se sintetizan en lo prescrito por el articulo 619 del código de Comercio, cuyo tenor es el siguiente.


“Artículo 619.- Los títulos valores son documentos necesarios para legitimar el ejercicio del derecho literal y autónomo que en ellos se incorpora. Pueden ser de contenido crediticio, corporativos o de participación, y de tradición o representativos de mercancías”


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